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Viernes, 23 de mayo de 2025 Iniciar Sesin Suscrbase

As es el proceso de compra en Espaa de empresas de defensa por parte de inversores exteriores a136n

Destacamento
Destacamento mbar con Eurofighter en Estonia (Estado Mayor de la Defensa)
Tras analizar el papel de los llamados campeones nacionales, lasexportacionesde material de defensa y de doble uso y, por otra parte, la necesidad deapoyo jurdicoa las empresas de este sector peculiar y la perdida de miedo arecurrir, ahora nos detendremos en el rgimen de autorizacin previa a las inversiones en Espaa en actividades relacionadas con la defensa nacional.Introduccin

Las inversiones exteriores en Espaa relacionadas con la defensa nacional estn reguladas por el Real Decreto 571/2023, de 4 de julio, que entr en vigor el 1 de septiembre de 2023 (Nuevo RD) y, por tanto, derog el Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores (Antiguo RD). No obstante, a todos los procedimientos de autorizacin relacionados con la defensa nacional solicitados previamente al 1 de septiembre de 2023 les seguirn siendo de aplicacin el procedimiento del Antiguo RD.

El Nuevo RD modifica y desarrolla el rgimen de inversiones extranjeras en Espaa y, en particular, el control de inversiones, estableciendo un nuevo marco de control para inversiones en defensa nacional, armas, cartuchera, artculos pirotcnicos y explosivos de uso civil. En este sentido, por una parte, se reduce el plazo general de resolucin de solicitudes de autorizacin de 6 a 3 meses y, por otra, la principal novedad es el establecimiento de excepciones al control en defensa para inversiones que no alcancen el 5% del capital de las sociedades y, con sujecin a ciertos requisitos, cuando se alcance entre el 5% y el 10%.

Leopardo 2E del Ejrcito de Tierra (Estado Mayor de la Defensa)

El marco jurdico 4m5u1h

Estas inversiones exteriores en Espaa estn reguladas por el Nuevo RD, que en su artculo 18 dispone lo siguiente:

Artculo 18. Rgimen de autorizacin previa para inversiones exteriores en Espaa en actividades directamente relacionadas con la Defensa Nacional.

El rgimen de liberalizacin queda suspendido y requerir autorizacin respecto de las inversiones extranjeras en Espaa en actividades directamente relacionadas con la defensa nacional, tales como las que afectan a las capacidades industriales y reas de conocimiento necesarias para proveer los equipos, sistemas y servicios que doten a las Fuerzas Armadas de las capacidades militares necesarias, as como las que se destinen a la produccin (entendiendo por tal el diseo y la fabricacin), el mantenimiento o el comercio de material de defensa en general, de acuerdo con la Ley 18/1992, de 1 de julio, por la que se establecen determinadas normas en materia de inversiones extranjeras en Espaa.

Se excepta esta suspensin del rgimen de liberalizacin, y el consecuente requisito de autorizacin istrativa previa, en los siguientes casos:

a) La inversin en sociedades espaolas cuando no alcancen el 5 por ciento del capital social de la sociedad espaola, siempre y cuando no permitan al inversor formar parte, directa o indirectamente, de su rgano de istracin.

b) Cuando se haya alcanzado entre el 5 y el 10 por ciento del capital social, siempre y cuando el inversor notifique la operacin a la Direccin General de Armamento y Material y a la Direccin General de Comercio Internacional e Inversiones y acompae dicha notificacin de un documento en el que se comprometa fehacientemente en escritura pblica a no utilizar, ejercer ni ceder a terceros sus derechos de voto, ni a formar parte de cualesquiera rganos de istracin de la sociedad cotizada.

Las solicitudes de autorizacin se dirigirn a la persona titular de la Direccin General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa y su resolucin corresponder al Consejo de Ministros a propuesta de la persona titular del Ministerio de Defensa y previo informe de la Junta de Inversiones Exteriores.

En aquellos casos en que la inversin exterior, por su naturaleza, caractersticas o importe de la operacin, no afecte a los intereses esenciales de la defensa, podr ser autorizada por la persona titular de la Direccin General de Armamento y Material, previo informe de la Junta de Inversiones Exteriores.

El plazo mximo para resolver la solicitud y notificar la resolucin al interesado ser de tres meses.

El nuevo rgimen aplicable a la fabricacin, comercio o distribucin de armas, cartuchera, artculos pirotcnicos y explosivos de uso civil

Las inversiones extranjeras en actividades relacionadas con las armas y explosivos quedan subsumidas en el rgimen aplicable a las actividades de defensa nacional. El rgimen de liberalizacin queda suspendido y requerir autorizacin respecto de las inversiones extranjeras en Espaa en actividades relacionadas con la fabricacin, comercio o distribucin de armas, cartuchera, artculos pirotcnicos y explosivos de uso civil.

rgano istrativo competente en el Ministerio de Defensa (MINISDEF) 4y5a25

Tal y como se indica en el apartado 1.b) del artculo 9 y en el apartado 3) del artculo 18 del Nuevo Real RD, la Direccin General de Armamento y Material (DGAM) del MINISDEF es el rgano istrativo competente.

Tanto las meras consultas voluntarias como las solicitudes de autorizacin de inversin extranjera en actividades directamente relacionadas con la defensa nacional se deben de dirigir a la Subdireccin General de Relaciones Internacionales (REIN) de la DGAM.

Procedimiento para solicitar consulta 6g2y39

Otra opcin disponible sera presentar ante la Oficina de Asistencia en Materia de Registros del MINISDEF de una solicitud voluntaria para determinar la obligacin de someter el proyecto de inversin extranjera al procedimiento de autorizacin, en relacin con la suspensin del rgimen de liberalizacin de inversiones previsto en el artculo 18 del Nuevo RD.

Adems, la solicitud de consulta voluntaria debe estar acompaada de una copia de la solicitud de inscripcin y actualizacin de datos en el Registro Especial de Operadores de Comercio Exterior de material de defensa y de doble uso (REOCE), debidamente cumplimentada, conforme al RD 679/2014, de 1 de agosto de 2014, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologas de doble uso.

En general, si la informacin aportada fuese considerada insuficiente, la DGAM podra requerir al consultante que aportase la informacin adicional necesaria, indicando que, si as no lo hiciera, se tendra por desistido al consultante.

Procedimiento para solicitar autorizacin de inversin extranjera 3g3y4d

El sujeto inversor o quien acte en su nombre deber presentar la solicitud de autorizacin, debiendo incluir los siguientes datos: (i) datos del solicitante; (ii) datos de o para notificaciones; (iii) autorizacin firmada por el solicitante, para que el MINISDEF consulte sus datos de Identidad/Residencia al rgano competente de la AGE; (iv) si el solicitante es extranjero, copia legalizada del pasaporte o documento equivalente; (v) firma autogrfica del solicitante; (vi) fecha completa; (vii) declaracin en la que se manifieste que todos los datos aportados son completos, exactos y veraces; y, (viii) datos de la empresa espaola objeto de la inversin, datos del inversor y datos del inversor extranjero.

Plazos de Resolucin 1j5b2n

En relacin con la consulta voluntaria, la DGAM dispone de un plazo de treinta das hbiles para responder a la solicitud, previo informe favorable de la Junta de Inversiones Exteriores. El plazo da comienzo el da siguiente a la presentacin de la solicitud y suspender la posibilidad de solicitar autorizacin hasta que no se notifique la resolucin. Transcurrido este plazo sin resolucin expresa, el solicitante podr presentar otra solicitud de autorizacin de la operacin de inversin.

La solicitud de informacin adicional suspende el cmputo de plazo para resolver la consulta, en el marco de lo establecido en el artculo 22.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento istrativo Comn de las istraciones Pblicas (LPAC). La resolucin a las consultas tendr carcter vinculante para los rganos y entidades de la istracin consultada en relacin con el consultante.

Por otra parte, las solicitudes de autorizacin de inversin extranjera son de un plazo mximo para resolver y notificar la resolucin al interesado es de tres meses, contados desde el da de la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del rgano istrativo competente para resolver. Transcurrido dicho tiempo sin que haya recaido resolucin expresa, la solicitud se entender desestimada a los efectos previstos en los artculos 6 y 7 de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre rgimen jurdico de los movimientos de capitales y de las transacciones econmicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevencin del blanqueo de capitales.

Si la documentacin aportada fuera considerada insuficiente, la Direccin General competente podr requerir al solicitante para que aporte la informacin adicional necesaria, con indicacin de que, si as no lo hiciera, se le tendr por desistido de su solicitud. El requerimiento de informacin adicional suspende el cmputo del plazo de tres meses para resolver y notificar la resolucin relativa a la solicitud de autorizacin, en el marco de lo establecido en el artculo 22.1.a) de la LPCAP.

La fragata Almirante Juan de Borbn de la Armada espaola (Ministerio de Defensa)

Instrucciones de Coordinacin dn3y

A partir del pasado da 1 de septiembre de 2023, y con objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artculo 18 del Nuevo RD, las solicitudes de autorizacin del Consejo de Ministros se debern efectuar segn se detalla a continuacin:

  • Debe efectuarla el sujeto inversor o quien que acte en su nombre;
  • Es muy importante que se cumplimenten todos los puntos que vienen marcados en el modelo de solicitud y, adems, aportar la documentacin solicitada;
  • Deben quedar perfectamente definidas las actividades relacionadas con la defensa nacional que realiza o quiere realizar la empresa espaola, y deben de estar relacionadas con el Anexo I.1 del Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologa de doble uso (aprobado por el RD 679/2014, de 1 de agosto);
  • Toda la documentacin aportada deber ser original o copias legalizadas y venir relacionada en un ndice al final de la solicitud (indicando n de anexo y ttulo);
  • La documentacin debe presentarse en espaol o traducida al espaol y legalizada;
  • La solicitud y toda la documentacin anexa, se deber presentar escaneada en tres soportes informticos;
  • Si el inversor no residiera en la UE, se deber remitir a la Comisin Europea el cuestionario Notificacin form B cumplimentando por el inversor extranjero;
  • La empresa espaola receptora de la inversin debe acreditar estar en posesin del Certificado de inscripcin en el Registro de Empresas de la DGAM en virtud de las OOMM 73/1982 y 41/1985 del MINISDEF. As mismo, este Certificado es requisito indispensable para la homologacin y catalogacin de productos de especfica utilizacin en el mbito de la defensa, conforme a los RRDD 165/2012 y 166/2010; y,
  • Cuando se disponga de un primer borrador de la solicitud, y mientras se va reuniendo toda la documentacin necesaria, sera importante coordinar por correo electrnico con el rea de Comercio e Inversin Exterior (CIEX) de la DGAM, para aclarar posibles dudas sobre la solicitud y promover comentarios si procediera, antes de cursarla oficialmente, evitando as demoras una vez cursada. Adicionalmente, se podr solicitar cualquier otro documento o informacin que se considere necesario para la evaluacin e informe de la inversin extranjera.

Algunas conclusiones 2b3x3w

Desde Mariscal, dada la posible complejidad del proceso y a efectos informativos para agilizar los trmites, solemos aconsejar a nuestros clientes extranjeros que quieren adquirir empresas espaolas en el sector de defensa solicitar una reunin con REIN (DGAM), previa a la solicitud de consulta voluntaria o autorizacin Esta reunin abre la puerta oficial de manera correcta para poder obtener cierta informacin adicional que necesita nuestro cliente para efectuar la presentacin oficial de autorizacin correctamente.

Por otra parte, y tras haber asesorado a varias empresas en este proceso, aconsejamos como mecanismo estndar, y una vez realizado todo el modus operandi legal/financiero de la operacin de compraventa (e.g. due diligence, negociacin y contrato de compraventa), incluir una condicin suspensiva de los efectos del contrato hasta que se obtenga la autorizacin.

En este sentido, la presentacin de la autorizacin a la DGAM es muy directa, partiendo de la premisa que ya se ha llegado a un acuerdo directo entre las partes (comprador y vendedor) y estn pendientes exclusivamente de la autorizacin. Lgicamente, tal circunstancia refuerza la actuacin positiva a la DGAM dado que la autorizacin es la ltima fase requerida por las partes, sin poder modificar la compraventa una vez se haya obtenido la autorizacin. El ltimo en poder firmar el acuerdo es la DGAM.

Por ltimo, en relacin con las adquisiciones que afecten a empresas estratgicas de defensa, de un tamao relevante y con participacin mayoritaria del inversor, la autorizacin del Gobierno puede estar sujeta a un acuerdo de seguridad entre el adquiriente y el Ministerio de Defensa. Este acuerdo garantiza la operacin de la empresa adquirida en aspectos tales como: permanencia de los activos relevantes asociados a la defensa en Espaa; evitar la descapitalizacin de la empresa; evitar derivaciones de beneficios hacia operaciones externas; asegurar la titularidad de los puestos directivos relevantes, como presidencia del Consejo de istracin, nombramiento de consejeros independientes; y otros. (Alberto lvarez, Abogado, Director del rea de Aeroespacial y Defensa, socio en Mariscal Abogados)


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